LILIANA MONTES
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha acordado archivar la denuncia presentada contra Julio Iglesias por dos antiguas trabajadoras de sus residencias, que le acusaban de agresiones sexuales y malos tratos. La decisión se ha producido apenas cuatro días después de que la defensa del artista solicitara el cierre del procedimiento por falta de jurisdicción de los tribunales españoles.
El ministerio público había abierto diligencias preprocesales tras la denuncia presentada el pasado 5 de enero por la asociación Women’s Like Worldwide. Sin embargo, el decreto de archivo concluye que no corresponde a la Justicia española investigar los hechos relatados, al no existir competencia de la Fiscalía de la Audiencia Nacional para conocer de ellos.
Según el escrito, la decisión se fundamenta en la “falta de jurisdicción de los tribunales españoles” para investigar presuntos delitos cometidos fuera del territorio nacional cuando no concurren vínculos relevantes con España. La Fiscalía recuerda que la Audiencia Nacional ha interpretado de forma reiterada que España no es competente en casos en los que los hechos se produjeron en el extranjero, las víctimas son extranjeras y no residentes en España, y los presuntos responsables tampoco residen ni se encuentran en el país.
El decreto se apoya en la interpretación que el Tribunal Supremo hace del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que regula los supuestos en los que la jurisdicción española puede extenderse a delitos cometidos fuera de sus fronteras. Aunque dicho artículo contempla esta posibilidad cuando concurren determinadas condiciones, la Fiscalía subraya que la jurisdicción universal está limitada por la exigencia de conexiones relevantes con España, con el objetivo de evitar interferencias con otras jurisdicciones.
En este sentido, el escrito es tajante al señalar que la nacionalidad española de Julio Iglesias no basta por sí sola para atribuir competencia a los tribunales españoles. La jurisprudencia del Supremo, recuerda la Fiscalía, descarta que exista una competencia automática basada únicamente en la nacionalidad del acusado y reafirma el principio de territorialidad del derecho penal.
Con esta decisión, la Fiscalía da por concluida la investigación abierta en España, dejando la eventual persecución de los hechos en manos de las autoridades judiciales del país o países donde presuntamente se produjeron.




